Además de ser una medida de conflicto colectivo, la huelga es también un derecho fundamental regulado por el art. 28.2 de la Constitución Española y el Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo, cuyo texto puedes consultar AQUÍ.
Los siguientes cuadros resumen las características principales del derecho a huelga de los trabajadores:


ACTIVIDADES
1).- Los 56 trabajadores y trabajadoras de un almacén de frutas y verduras se han reunido en asamblea, para votar si convocan una huelga por las malas condiciones de seguridad y salud del centro de trabajo. Responde a las cuestiones siguientes:
a) ¿Quiénes pueden convocar la huelga?
b) Si se aprueba la huelga, ¿a quién debe comunicarse? ¿con qué plazo de antelación?
c) Johnny Soriano Macas trabaja en el almacén. Si al final secunda la huelga, ¿qué consecuencias le esperan?
d) ¿Puede ser despedido por hacer huelga?¿Qué puede hacer si es despedido?
SABER MÁS…
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