EL BOTIQUÍN

Según el ANEXO VI del Real Decreto 486/1997, «todo lugar de trabajo deberá disponer, como mínimo, de un botiquín portátil que contenga desinfectantes y antisépticos autorizados, gasas estériles, algodón hidrófilo, venda, esparadrapo, apósitos adhesivos, tijeras, pinzas y guantes desechables«.


Este vídeo del programa Zapeando (La Sexta) nos explica el contenido esencial que debe tener un botiquín: