TEMA 4: MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO

En el presente tema estudiaremos los requisitos, causas y efectos de la modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo.

  1. Modificación del contrato de trabajo
  2. Suspensión del contrato de trabajo
  3. Extinción del contrato de trabajo
  4. Cómo reclamar ante un despido
  5. SABER MÁS…

1.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO:

El empresario puede modificar unilateralmente las condiciones del trabajo, siempre que exista una causa justificada basada en razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Dicha modificación puede ser de tres formas:

  • Movilidad funcional
  • Movilidad geográfica
  • Modificación sustancial de las condiciones de trabajo

ACTIVIDAD.- Mira este vídeo explicativo sobre la MOVILIDAD GEOGRÁFICA:

A continuación, pincha en el siguiente enlace para acceder a EdPuzzle. Vuelve a visionar el vídeo y responde a las preguntas:

ACTIVIDAD: MOVILIDAD GEOGRÁFICA

Código clase: lapadol

2.- SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO:

La suspensión del contrato es la interrupción temporal de la prestación laboral, sin que quede roto el vínculo contractual entre la empresa y el trabajador. Suspendido el contrato, el trabajador queda exonerado (liberado) de la obligación de trabajar y la empresa, de la obligación de abonar el salario.

ACTIVIDAD.- Aprende las causas de suspensión del contrato con ayuda de la siguiente actividad:


3.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO:

La siguiente presentación sintetiza las principales causas de extinción del contrato de trabajo.

CAUSAS DE EXTINCIÓN

ACTIVIDADES.- Descarga y realiza estas actividades:


4.- CÓMO RECLAMAR ANTE UN DESPIDO:

ACTIVIDADES.- Descarga y realiza estas actividades:


SABER MÁS…

Haz clic AQUÍ para ver el cortometraje ERE: Expediente de Regulación de Enchufes. Realiza la actividad propuesta.

PONTE A PRUEBA: CONTRATO JUSTO y POR LA BORDA

CONTRATO JUSTO

Une con flechas y asigna el «contrato justo» a cada uno de las personas trabajadoras. Haz clic AQUÍ para acceder.


POR LA BORDA

La nave NI FU NI FOL lleva demasiado peso. Para evitar que se hunda, debes tirar por la borda las cajas de contratos que no concuerden con las indicaciones de la profesora, hasta dejar solo una. También tú puedes poner a prueba a tus compañeros de clase.

P.ej. 1) Este contrato es siempre por escrito; 2) Es a jornada completa; 3) Su finalidad es adquirir experiencia práctica, etc.


EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL (ETT)

Las ETT son empresas cuya actividad principal consiste en poner a disposición de otra empresa (la Empresa Usuaria), con carácter temporal, trabajadores por ellas contratados. Es decir, contratan directamente a los trabajadores y posteriormente los ceden a las Empresa Usuarias, delegando en ellas la facultades de dirección y control del trabajo. La contratación a través de ETT se regula en la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal, que puedes consultar AQUÍ.


ACTIVIDADES:

1. Con carácter previo, te pido que veas el siguiente vídeo del programa Aquí Hay Trabajo, dedicado a las ETT:

10 claves para trabajar con una ETT

2. Completa lo que ya sabes de las ETT con la información de este gráfico animado.


3. Iván ha firmado un contrato de duración determinada con Adecco, que es una ETT. Va a trabajar como técnico para la instalación y reparación de máquinas recreativas para la empresa Arenes. Responde a las siguientes cuestiones:

  1. ¿Con cuál de las dos empresas firmará el contrato?
  2. ¿Qué empresa pagará su salario?
  3. ¿Quién debe formarle en prevención de riesgos laborales? ¿Y proporcionarle los EPIS?
  4. ¿Puede Iván realizar las funciones de trabajadores en huelga? Razona tu respuesta.
  5. ¿Qué convenio colectivo le resulta de aplicación, el correspondiente a Adecco o el correspondiente a Arenes?
  6. En caso de cometer una falta prevista en el convenio de aplicación, ¿cuál de las dos empresas puede sancionarle?

SABER MÁS…

Entra en la web del Ministerio de Trabajo y Economía Social (pinchar AQUÍ) y localiza las ETT más próximas a tu entorno. También puedes utilizar otras fuentes de consulta, como la de ASEMPLEO (pinchar AQUÍ).


CONTRATACIÓN A TIEMPO PARCIAL

El contrato de trabajo se entenderá celebrado a tiempo parcial cuando se haya acordado la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año, inferior a la jornada de trabajo de un «trabajador a tiempo completo comparable».


¿QUÉ ES UN TRABAJADOR A TIEMPO COMPLETO COMPARABLE?

Se considerará «trabajador a tiempo completo comparable» al trabajador a tiempo completo de la misma empresa y centro de trabajo, con el mismo tipo de contrato de trabajo y que realice un trabajo idéntico o similar. Si en la empresa no hubiera ningún trabajador comparable a tiempo completo, se considerará la jornada a tiempo completo prevista en el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, la jornada máxima legal.

Pueden ser a tiempo parcial los contratos indefinidos, los temporales y, desde la reforma de diciembre de 2021, también los contratos formativos (hasta entonces habían estado excluidos los contratos para la formación y aprendizaje).

Para saber más sobre la contratación a tiempo parcial, haz clic AQUÍ y consulta la «Guía breve de contratos de trabajo» o relee el artículo 12 del ET.


CONTRATOS FORMATIVOS

La finalidad de estos contratos es fomentar el empleo entre las personas sin formación, así como entre las personas con formación pero sin experiencia. Son de dos tipos: contratos «para la formación en alternancia» y «para la obtención de práctica«.

La página web del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) publica los modelos de contratos de trabajo. Haz clic AQUÍ para descargar el modelo del contrato temporal.


ACTIVIDADES

1. Con ayuda de la «Guía breve de contratos NI FU NI FOL» (que puedes consultar haciendo clic AQUÍ), elabora un Diagrama de Venn y señala las similitudes y diferencias entre ambas modalidades contractuales:

2. SIMÓN DICE… Simón está terminando un Grado Medio de Gestión Administrativa y tiene perspectivas de firmar un contrato en prácticas con una gestoría. Sin embargo, parece que no lo tiene todo bien claro. Razona si tiene razón o si está equivocado. Pasa el cursor sobre cada interrogante para ver la respuesta correcta.

3. Wiktoria ha firmado un contrato de formación en alternancia con una empresa especializada en la rehabilitación de edificios y fachadas.

a) Señala la duración mínima y máxima del contrato.

b) Determina el tiempo máximo de trabajo efectivo que puede realizar cada año, sabiendo que la jornada completa es de 9 horas.

c) Calcula el salario que debe percibir cada año. Ten en cuenta, según el convenio de aplicación, la retribución correspondiente a su grupo profesional es de 1.300,00 € al mes.

CONTRATOS TEMPORALES

Los contratos temporales son de duración determinada, es decir, tienen una fecha de finalización. Se celebran para cubrir necesidades temporales de la empresa y pueden ser de dos tipos: 1) por circunstancias de la producción; 2) de sustitución.

  1. MODELOS DE CONTRATOS TEMPORALES
  2. ACTIVIDADES
  3. ENCADENAMIENTO DE CONTRATOS TEMPORALES
  4. ACTIVIDADES
  5. SABER MÁS…

MODELOS DE CONTRATOS TEMPORALES

La página web del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) publica los modelos de contratos de trabajo. Haz clic AQUÍ para descargar el modelo del contrato temporal.


ACTIVIDADES

1. Consulta AQUÍ la «Guía breve de contratos NI FU NI FOL» y completa el cuadro siguiente:

2. Haz clic AQUÍ para conocer la historia de la empresa de cerámicas Iván Ros. Señala el tipo de contratos laborales adecuados para la situación que explica la noticia. Razona tu respuesta.


ENCADENAMIENTO DE CONTRATOS TEMPORALES

Las personas trabajadoras que en un periodo de veinticuatro meses hubieran estado contratadas durante un plazo superior a dieciocho meses, con o sin solución de continuidad, para el mismo o diferente puesto de trabajo con la misma empresa o grupo de empresas, mediante dos o más contratos por circunstancias de la producción, sea directamente o a través de su puesta a disposición por empresas de trabajo temporal, adquirirán la condición de personas trabajadoras fijas.

Asimismo, adquirirá la condición de fija la persona que ocupe un puesto de trabajo que haya estado ocupado con o sin solución de continuidad, durante más de dieciocho meses en un periodo de veinticuatro meses mediante contratos por circunstancias de la producción, incluidos los contratos de puesta a disposición realizados con empresas de trabajo temporal.

En la regulación anterior a la reforma de diciembre de 2021, el lapso temporal que determinaba la fijeza era de veinticuatro meses en un periodo de treinta meses. Tampoco estaba incluida la adquisición de fijeza si el puesto de trabajo había sido ocupado por diferentes personas.


ACTIVIDADES

3. Liberty Janis ha ido encadenando varios contratos temporales para la misma empresa durante los últimos 2 años: un primer contrato por circunstancias de la producción de 3 meses, un segundo contrato de sustitución de 11 meses, un tercer contrato por circunstancias de la producción de 3 meses y un cuarto contrato, también por circunstancias de la producción, de otros 3 meses. ¿Puede reclamar su condición de fija? Razona tu respuesta.

4. Entra en Aules y responde al cuestionario evaluable que encontrarás en el Tema 5. Puedes acceder a la plataforma haciendo clic AQUÍ.

Recuerda que, con arreglo a la reforma laboral de diciembre de 2021, los nuevos contratos temporales convivirán durante un periodo transitorio con los contratos previstos en la anterior regulación (entre otros, con el contrato de obra y servicio):

– Los contratos para obra y servicio celebrados antes del 31 de diciembre de 2021 resultarán aplicables hasta su duración máxima.

– Los contratos eventuales y de interinidad celebrados antes del 31 de diciembre de 2021 se regirán hasta su duración máxima.

– Los contratos para obra y servicio determinado y los contratos eventuales celebrados desde el 31 de diciembre de 2021 hasta el 30 de marzo de 2022 se regirán por la normativa legal o convencional vigente en la fecha en que se han concertado y su duración no podrá ser superior a seis meses.


SABER MÁS…

4 motivos para denunciar un contrato temporal

Además del encadenamiento de contratos temporales, existen otras causas por las que un contrato temporal puede convertirse en indefinido; en Aquí Hay Trabajo nos explican cuáles.

Haz clic AQUÍ para ver el vídeo.


CONTRATOS INDEFINIDOS

El contrato indefinido es aquel que se concierta sin establecer límites de tiempo en la prestación de los servicios, en cuanto a la duración del contrato. Puede ser verbal o por escrito y celebrarse a jornada completa, parcial o para la prestación de servicios fijo discontinuos.


1) CONTRATO INDEFINIDO ORDINARIO:

Se trata del contrato indefinido general. Carece de «cláusulas específicas», puesto que no da derecho a bonificaciones de la Seguridad Social que incentiven la contratación indefinida.

La página web del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) publica los modelos de contratos de trabajo. Haz clic AQUÍ para descargar el modelo del contrato indefinido.

2) CONTRATOS INDEFINIDOS BONIFICADOS O CON CLÁUSULAS ESPECÍFICAS:

Los contratos indefinidos pueden beneficiarse de incentivos a la contratación, siempre que cumplan los requisitos que en cada caso exija la normativa de aplicación, en materia de características de la empresa, del trabajador o, en su caso, de la jornada.

La finalidad de estos contratos indefinidos con «cláusulas específicas» es fomentar la empleabilidad de determinados colectivos singularmente vulnerables, mediante incentivos en forma de subvenciones y bonificaciones de la cuota empresarial de la Seguridad Social. Entre otros ejemplos de contratos indefinidos con cláusulas específicas están:

– Contrato indefinido de personas con discapacidad

– Contrato indefinido de personas desempleadas de larga duración

– Contrato indefinido de trabajadores en situación de exclusión social, víctimas de violencia de género, doméstica, terrorismo y trata de seres humanos

– Contrato indefinido de familiar de trabajador autónomo

– Contrato indefinido de mayores de 52 años beneficiarios de subsidios de desempleo

– Contrato indefinido del servicio del hogar familiar

Puedes consultar los incentivos a la contratación indefinida en la «Guía Laboral» publicada por el Ministerio de Trabajo y Economía Social. Pincha AQUÍ para acceder.

3) CONTRATO FIJO-DISCONTINUO:

El contrato fijo-discontinuo se concertará para la realización de trabajos de naturaleza estacional o de temporada, o para el desarrollo de otros de prestación intermitente que tengan periodos de ejecución ciertos, determinados o indeterminados.

También podrá concertarse para realizar trabajos consistentes en la prestación de servicios en el marco de la ejecución de contratas mercantiles o administrativas que, siendo previsibles, formen parte de la actividad ordinaria de la empresa

ACTIVIDAD.- Mira los siguientes vídeos del programa Aquí hay Trabajo de La 2 de RTVE y responde a las preguntas:

 
 1) El trabajador que firma este contrato, ¿forma parte de la plantilla fija de la empresa?
 2) ¿A qué clase de actividades se dirige este contrato?
 3) ¿Cómo debe formalizarse este contrato? ¿Cuál es su contenido mínimo? 
 4) ¿En qué consiste el "llamamiento"?
 5) ¿Qué puede hacer el trabajador, si la empresa no le llama?
 6) ¿Qué ocurre si, a pesar de ser llamado, es el trabajador quien no se incorpora al trabajo?
 7) ¿Podemos trabajar en otra empresa durante los períodos de inactividad? ¿Y cobrar el paro?
 

PERÍODO DE PRUEBA

Se trata de un período de tiempo, de duración determinada, que trabajador y empresario pueden establecer, a fin de comprobar la aptitud del trabajador o la conveniencia de la contratación para ambos. Está regulado en el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores, que puedes consultar AQUÍ.


ACTIVIDADES:

1. Mira el siguiente vídeo de la Asesoría Toledo, situada en Guadalajara, y completa la ficha que encontrarás más abajo.

2. Busca un convenio colectivo propio de tu sector profesional y averigua cuál es la duración máxima del período de prueba que establece.