EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL (ETT)

Las ETT son empresas cuya actividad principal consiste en poner a disposición de otra empresa (la Empresa Usuaria), con carácter temporal, trabajadores por ellas contratados. Es decir, contratan directamente a los trabajadores y posteriormente los ceden a las Empresa Usuarias, delegando en ellas la facultades de dirección y control del trabajo. La contratación a través de ETT se regula en la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal, que puedes consultar AQUÍ.


ACTIVIDADES:

1. Con carácter previo, te pido que veas el siguiente vídeo del programa Aquí Hay Trabajo, dedicado a las ETT:

10 claves para trabajar con una ETT

2. Completa lo que ya sabes de las ETT con la información de este gráfico animado.


3. Iván ha firmado un contrato de duración determinada con Adecco, que es una ETT. Va a trabajar como técnico para la instalación y reparación de máquinas recreativas para la empresa Arenes. Responde a las siguientes cuestiones:

  1. ¿Con cuál de las dos empresas firmará el contrato?
  2. ¿Qué empresa pagará su salario?
  3. ¿Quién debe formarle en prevención de riesgos laborales? ¿Y proporcionarle los EPIS?
  4. ¿Puede Iván realizar las funciones de trabajadores en huelga? Razona tu respuesta.
  5. ¿Qué convenio colectivo le resulta de aplicación, el correspondiente a Adecco o el correspondiente a Arenes?
  6. En caso de cometer una falta prevista en el convenio de aplicación, ¿cuál de las dos empresas puede sancionarle?

SABER MÁS…

Entra en la web del Ministerio de Trabajo y Economía Social (pinchar AQUÍ) y localiza las ETT más próximas a tu entorno. También puedes utilizar otras fuentes de consulta, como la de ASEMPLEO (pinchar AQUÍ).