REGULACIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL

La relación laboral se regula por el Derecho del Trabajo o Derecho Laboral, que constituye una rama del ordenamiento jurídico, como lo son también el Derecho Civil, el Derecho Penal o el Derecho Tributario, por ejemplo.

  1. FUENTES DEL DERECHO DEL TRABAJO
  2. ACTIVIDADES
  3. SABER MÁS…

FUENTES DEL DERECHO DEL TRABAJO

Conoce las normas que regulan la relación laboral y sus principios de aplicación:


ACTIVIDADES

1. Ordena jerárquicamente las siguientes normas:

2. Indica si son legales las siguientes situaciones. Razona brevemente tu respuesta:

  1. Trabajador que no solicita el permiso por nacimiento y cuidado del menor
  2. Según el ET, la duración mínima de las vacaciones es de 30 días naturales; en cambio, el convenio colectivo fija una duración de 32 días
  3. Una empresa que suprime unilateralmente la tradicional cesta de Navidad
  4. Un contrato de trabajo que establece un salario inferior al salario mínimo interprofesional [el SMI se regula por Real Decreto]

3. ¿Cuál es la composición del actual Gobierno? Averigua qué Ministerios tienen competencias en materias relacionadas con el módulo de FOL.

4. Repasa que órganos aprueban las siguientes normas de Derecho Laboral:

Haz clic AQUÍ para acceder.

5. Haz clic AQUÍ y lee esta noticia publicada en el diario El País de 12/12/2023. ¿Qué reclamaban los trabajadores del BBVA de Galicia? El Tribunal Supremo terminó por darles la razón, ¿en base a cuál de los principios estudiados más arriba?


SABER MÁS…

La Sala 4ª del Tribunal Supremo, en su sentencia de 18 de enero de 2018 (Rec. nº 58/2017), ha venido a sintetizar los requisitos necesarios para aplicar el principio de condición más beneficiosa. Aquí tienes un extracto de dicha resolución.


RELACIONES EXCLUIDAS Y RELACIONES LABORALES ESPECIALES

Existen otras relaciones que no se consideran relaciones laborales o que tienen un carácter especial. Son las «relaciones excluidas» (que no cumplen alguno de los cinco requisitos de la relación laboral) y las «relaciones especiales» (que, por su singularidad, tienen una regulación específica).

  1. RELACIONES EXCLUIDAS y RELACIONES ESPECIALES
  2. GRADOS DE PARENTESCO
  3. ACTIVIDADES
  4. SABER MÁS… SOBRE LA CONTRATACIÓN DE FAMILIARES

RELACIONES EXCLUIDAS y RELACIONES ESPECIALES

El Estatuto de los Trabajadores se refiere a estas relaciones en sus artículos 1.3 y 2, que puedes consultar haciendo clic AQUÍ.


GRADOS DE PARENTESCO

Para repasar cómo se determinan los grados en las relaciones familiares, puedes ver el siguiente vídeo:


ACTIVIDADES

1. Observa de nuevo la imagen de Los Simpson y clasifica las relaciones en laborales, excluidas y especiales.


2. Determina el grado de parentesco de los siguientes familiares: una abuela y su nieto, dos cuñados, las hermanas Williams, dos primas.

3. Comprueba cuánto sabes sobre la relación laboral. Haz clic AQUÍ para acceder a Kahoot e introduce el número PIN indicado por la profesora.


SABER MÁS… SOBRE LA CONTRATACIÓN DE FAMILIARES

El ET excluye de las relaciones laborales el trabajo de los familiares hasta el segundo grado siempre que convivan. En cambio, de acuerdo con el art. 12 de la Ley General de la Seguridad Social los trabajadores autónomos podrán contratar, como trabajadores por cuenta ajena, a los hijos menores de 30 años, aunque convivan con ellos, así como a los hijos mayores de 30 años que tengan especiales dificultades para su inserción laboral (principalmente por razón de discapacidad).

Para saber más sobre la contratación de familiares, te propongo leer el siguiente texto de Cerem Interational Business School. Haz clic AQUÍ para acceder al texto.

TEMA 8. EL SALARIO Y LA NÓMINA

En este Tema veremos el concepto y clases de salario. También estudiaremos las partes de la nómina y el proceso para calcular una nómina sencilla.


1.- EL SALARIO:

Definición.- Es la suma de las percepciones o retribuciones que recibe el trabajador por la realización de un trabajo por cuenta ajena. Es decir, lo que cobra por trabajar.

Clases.- El salario puede ser en dinero o en especie:

En dinero: cantidad en efectivo, cheque o por transferencia bancaria.

En especie: entrega de determinados bienes o beneficios. P.ej. uso de una vivienda o de un coche. El salario en especie no puede superar el 30 % del total de las percepciones salariales.

Cuantía.- El salario se fija en el contrato de trabajo. Debe ser igual o superior al establecido en el Convenio Colectivo, que, a su vez, debe ser al menos igual o superior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

ACTIVIDADES.- Haz los siguientes ejercicios.


2.- LA NÓMINA:

Definición.- El recibo individual de salarios o «nómina» es el documento escrito que refleja las percepciones que percibe el trabajador y los descuentos que se le aplican.

Estructura de la nómina.- La siguiente ilustración muestra los apartados que componen la nómina y que debes aprender de memoria:

ACTIVIDAD.- Haz el siguiente ejercicio:

ACTIVIDAD.- Practica la estructura de la nómina con el juego LA NÓMINA EN ORDEN:


3.- CÁLCULO DE LA NÓMINA:

I. DEVENGOS (salario bruto)

El salario bruto del trabajador es la suma de las percepciones salariales y no salariales.

Percepciones salariales: salario base, horas extraordinarias, pagas extraordinarias y complementos salariales (plus de antigüedad, de idiomas, de peligrosidad, etc.)

* Según el ET, el trabajador tiene derecho a percibir al menos dos pagas extraordinarias al año, que pueden prorratearse mensualmente.

Percepciones no salariales: gastos de kilometraje, dietas, plus de transporte, ropa de trabajo, etc.

El resultado de la suma de todas las percepciones se pone en el apartado de la nómina «A.- TOTAL DEVENGADO».

ACTIVIDAD.- Haz los siguientes ejercicios:

Aquí tienes un vídeo con la solución del ejercicio 6:


II. BASES DE COTIZACIÓN Y DE IRPF

Antes de calcular las deducciones es necesario determinar previamente las bases de cotización y de IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Además, habrá que comprobar que las Bases de Cotización se encuentran entre los límites mínimos y máximos aprobados anualmente por el Gobierno. En concreto, debemos determinar cinco bases:

– Base de cotización por contingencias comunes (BCCC):

BCCC = Salario Base + Complementos + Prorrata de paga extra + Percepciones no salariales (menos la parte de dietas y gastos de locomoción excluida de cotizar)

– Base de cotización por contingecias profesionales (BCCP):

BCCP = BCCC + Horas extra

– Base de cotización adicional por horas extraordinarias (BCHE):

BCHE = Horas extra

– Base de retención del IRPF:

Base IRPF = Total devengado o salario bruto (menos la parte de dietas y gastos de locomoción excluida de cotizar)

Ejemplo:


ACTIVIDAD.- Mira este vídeo del programa AQHT y responde a las cuestiones:

Claves básicas sobre las cotizaciones

Haz clic AQUÍ para ver el vídeo.

1.- ¿Quiénes deben cotizar? ¿Quiénes son los que más cotizan?

2.- ¿Quién es el responsable de ingresar las cuotas?

3.- ¿Para qué sirven las cotizaciones?

4.- ¿Qué tipos de contingencias hay?


III. DEDUCCIONES

Una vez determinadas las bases de cotización e IRPF, hay que calcular las deducciones, que son unos «descuentos» que minoran el salario del trabajador. Son principalmente de dos formas:

Por aportaciones a la Seguridad Social: se calculan aplicando a cada base de cotización un porcentaje (o tipo de cotización).

CONCEPTOBASE DE COTIZACIÓNTipo de cotización (%)
Contingencias comunesBCCC4,7
Desempleo (tipo general)BCCP1,55
Desempleo (contratos temporales)BCCP1,6
Formación profesionalBCCP0,1
Horas extraBCHE4,7
Mecanismo de Equidad IntergeneracionalBCCC0,1

Desde enero de 2023 existe un nuevo concepto de cotización, el Mecanismo de Equidad Intergeneracional. Su finalidad es preservar el equilibrio entre generaciones y fortalecer el sistema de la Seguridad Social a largo plazo. Tiene una vigencia prevista de 10 años.

Por pago del IRPF: se aplica a la base del IRPF el porcentaje que se indique en cada ejercicio.

P.ej. Siendo la base de IRPF de un trabajador de 1.170,00 € y el tipo de retención aplicable del 14 %, la cuantía a deducir sería de 163,8 € (1.170,00 por 14 %).

El resultado de la suma de todas las deducciones se pone en el apartado de la nómina «B.- TOTAL A DEDUCIR«.

ACTIVIDAD.- Haz el siguiente ejercicio:


IV.- LÍQUIDO TOTAL A PERCIBIR (salario neto)

Para calcular el salario neto, se resta al TOTAL DEVENGADO el TOTAL A DEDUCIR. El resultado se pone en el apartado de la nómina «LÍQUIDO TOTAL PERCIBIR (A-B)».

Ejemplo:

ACTIVIDAD.- Haz las siguientes nóminas:

TEMA 3: FACTORES DE RIESGO Y SU PREVENCIÓN

En este tema estudiaremos cuáles son los principales factores de riesgo laboral, los daños que producen y las medidas de prevención para combatirlos.


INTRODUCCIÓN.- Copia y aprende este mapa conceptual, que reúne y sintetiza los principales factores de riesgo laboral:


I. Lugar de trabajo

Según el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, el lugar de trabajo debe tener unas dimensiones mínimas y reunir unas condiciones ambientales (iluminación, temperatura, etc.) y de mantenimiento y limpieza, con el fin de preservar la seguridad de los trabajadores.

LUGAR DE TRABAJO

Actividades:

1. Cinco personas trabajan en un taller con las siguientes dimensiones:

  • Altura del techo: 4 metros
  • Superficie de la nave: 6 metros de ancho y 10,5 metros de largo

Calcula los metros cuadrados libres por trabajador y razona si se cumplen las condiciones mínimas de seguridad.

2. Haz la siguiente actividad sobre dimensiones mínimas de los lugares de trabajo. Recuerda que debes entregarlo a través de la plataforma Aules y en formato PDF:


II. Equipos de trabajo

El Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, establece las condiciones mínimas de seguridad y salud a la hora de utilizar los equipos de trabajo. Entra en la siguiente presentación para saber más sobre estos equipos de trabajo, los daños que producen y cómo evitarlos.

EQUIPOS DE TRABAJO

Actividades:

1. Haz una lista con al menos 5 máquinas o herramientas habituales en tu sector profesional. ¿Qué daños pueden provocar? Proponed las medidas adecuadas para prevenir o disminuir dichos daños.

2. Leed el siguiente caso práctico de Erga FP sobre herramientas de mano. ¿Qué factores de riesgo observáis? ¿Cómo podían haberse evitado los accidentes?


III. Riesgo eléctrico

Los daños asociados a la electricidad dependen de varios factores, como el tiempo de contacto con la fuente eléctrica, la resistencia que ofrece el cuerpo humano en ese momento (p.ej., la piel húmeda carece de resistencia) y el tipo de corriente (intensidad, voltaje, etc.):

– En casos leves, se produce simplemente un “calambrazo”: sacudidas de todo el cuerpo debido a contracciones musculares.

– En casos graves, se producen quemaduras en el lugar de entrada y en el de salida de la corriente eléctrica, a la vez que pueden lesionarse diferentes órganos: contracturas musculares, electrólisis de la sangre, lesiones nerviosas, lesiones renales, etc.

– En casos extremos, se puede producir fibrilación muscular, parada cardíaca e incluso muerte por parada respiratoria.  

A las lesiones producidas de forma directa por la electricidad, hay que añadir las producidas por las caídas que con frecuencia se producen a continuación.

RIESGO ELÉCTRICO

ACTIVIDAD.- Este vídeo de Ibermutuamur explica cómo actuar en caso de electrocución. Míralo con atención y toma apuntes en tu cuaderno:


IV. Riesgo de incendio

En primer lugar, repasa en el mapa conceptual la definición de «incendio» y los elementos que conforman el denominado «triángulo de fuego».

ACTIVIDAD.- Visiona el vídeo del INSST y responde a las preguntas:

  • ¿Dónde y por qué se origina el incendio?
  • ¿Qué combustible, comburente y energía de activación intervienen?
  • ¿Qué deficiencias observa el bombero?

PREVENCIÓN DE INCENDIOS EN LA COCINA

Desde Fundación Mapfre nos dan unos sencillos consejos para extinguir un pequeño incendio en la cocina:


V. La temperatura

La temperatura ambiente del puesto de trabajo puede producir mero disconfort térmico, pero también estrés térmico:

Disconfort térmico (por frío o por calor): situación de incomodidad térmica, que provoca malestar, desagrado y consecuencias leves en la salud de los trabajadores.

Con el fin de evitar el disconfort térmico, el Real Decreto 486/1997 señala la temperatura que deben tener los lugares de trabajo cerrados: 
 - Locales donde se realicen trabajos sedentarios (p.ej. oficinas): entre 17 y 27 ºC
 - Locales donde se realicen trabajos ligeros: entre 14 y 25 ºC 

Estrés térmico: puede ser por frío (si el cuerpo elimina excesivo calor) o por calor (si el cuerpo acumula demasiado calor que no logra eliminar). En ambos casos se trata de un riesgo grave para la salud.

ACTIVIDADES:

1) Uno de los efectos del estrés térmico por calor son los “golpes de calor“. Formad grupos y responded a las siguientes preguntas:

2. Completad vuestras conclusiones con ayuda del vídeo de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales:


VI. El ruido

El ruido constituye uno de los factores de riesgo derivado de las condiciones medioambientales. En concreto, pertenece al grupo de factores físicos, entre los que están también la temperatura, la luminosidad, la radiación o las vibraciones.

ACTIVIDADES:

1) Formad grupos y responded a las siguientes preguntas:

  • ¿Cómo podríais definir el concepto de ruido?
  • ¿Creéis que vuestro sector profesional está especialmente expuesto al ruido? ¿Por qué?
  • ¿Qué otros sectores de actividad expuestos al ruido conoces?
  • ¿Qué daños produce el ruido?
  • ¿En qué magnitud se mide el ruido?
  • ¿Con qué aparatos se mide?
  • ¿Qué medidas de prevención y protección proponéis?

Contrastad vuestras conclusiones con este vídeo de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales.


VII. Riesgo biológico

El riesgo biológico pertenece al grupo de riesgos derivados de las condiciones medioambientales. Estudia sus principales causas, daños y medidas preventivas, con ayuda de este gráfico.

ACTIVIDADES:

1.- Pon a prueba tus conocimientos acerca del coronavirus mediante este peculiar TEST PCR. Pincha AQUÍ para comenzar.

2.- Mira este vídeo del Telediario de RTVE e indica cuáles de las medidas de prevención y protección del cuadro superior se observan en este laboratorio de alta seguridad:

Dentro de un laboratorio de seguridad donde se desarrollan vacunas contra el coronavirus

Haz clic AQUÍ para ver el vídeo.


VIII. Riesgo químico

ACTIVIDAD.- La protagonista del siguiente vídeo popularizó en nuestro país la expresión «liarla parda». Explica qué ocurrió. ¿Crees que podría haberse evitado? ¿Cómo?

Entra en la presentación para aprender más sobre los daños más comunes derivados de la exposición a los riesgos químicos y las principales medidas para evitarlos:

RIESGO QUÍMICO


IX. Riesgos psicosociales

1.- Este vídeo de Mutua Asepeyo explica brevemente algunas de las causas y consecuencias de los riesgos psicosociales:

2.- Repasad el mapa conceptual de factores de riesgo. ¿Qué aspectos influyen en la aparición de riesgos psicosociales? ¿Cuáles son los principales daños?

3.- Formad grupos y responded a las siguientes preguntas:

  • ¿Cuáles son las causas del estrés?
  • ¿Cuáles son sus síntomas?
  • Citad tres sectores profesionales expuestos a este riesgo psicosocial. Razonad vuestra respuesta
  • ¿Cómo puede evitarse el estrés? Proponed al menos tres medidas
  • Explicad una situación de estrés que hayáis vivido recientemente

4.- El siguiente número de la revista Erga FP resume algunas medidas preventivas frente al estrés. Haced a continuación la actividad propuesta:


X. Carga física

La carga física es uno de los riesgos derivados de las condiciones ergonómicas. La siguiente infografía sintetiza los principales factores de riesgo relacionados con la carga física y daños más comunes; también resume alguna de las medidas de prevención más importantes:

ACTIVIDADES:

1.- ¿Sabías que la manipulación de cargas constituye una de las principales causas de accidente de trabajo? Este vídeo de Fisoterapia a tu alcance te explica cómo levantar peso sin riesgo para tu espalda.

2.- Proponed otras medidas para prevenir los daños asociados a la carga física. Completad vuestras propuestas con el siguiente texto de la revista Erga FP, dedicado a la prevención de lesiones por sobreesfuerzos:


XI. Uso de pantallas de visualización de datos (PVD)

Visualiza el vídeo de la Universidad Carlos III y toma nota de las indicaciones a la hora de trabajar delante del ordenador (altura de la silla, situación del teclado sobre la mesa, altura de la pantalla, iluminación natural y artificial, etc):

1. Compara estas imágenes y responde a las preguntas:

2. Observa, a continuación, las siguientes imágenes y señala los aciertos y errores de nuestros políticos a la hora de sentarse delante de una PVD:

ORDEN DE ATENCIÓN EN CASO DE MÚLTIPLES HERIDOS

Cuando se produce un accidente con múltiples víctimas (AMV o IMV, de «incidente»), resulta fundamental decidir en qué orden se les va a atender. Para ese fin se emplean los sistemas de «triaje».

El triaje es un procedimiento que consiste en clasificar a los heridos en función de la prioridad con que deban ser atendidos, para asegurar la supervivencia del mayor número. Uno de los métodos de triaje más habituales en el ámbito no hospitalario es el método «SHORT».


ACTIVIDAD 1.- Con carácter previo, te pido que veas en Aules el extracto de la ponencia Formación en triaje de víctimas para personal no sanitario, que la médico de emergencias Isabel Castelo dio en el marco de las VII Jornadas de Riesgos y Emergencias organizadas por la Diputación Foral de Gipuzkoa.

Pincha AQUÍ para acceder a Aules.


Mediante el método SHORT se asigna a cada víctima o herido una tarjeta con un color que identifica su prioridad:

Para conocer la prioridad, la persona que acude al lugar de la emergencia debe ir respondiendo a una serie de preguntas de forma escalonada, tal y como se resume en este cuadro:


ACTIVIDAD 2.- Imagina que son las 18 horas de un domingo de noviembre. De camino a casa, circulando por una carretera secundaria, te encuentras con un accidente con tres vehículos implicados y varios heridos. ¿Cómo actuarías? ¿A quién auxiliarías en primer lugar?

PLAN DE EMERGENCIAS

El plan de actuación ante emergencias (P.A.E.) o plan de emergencias es un documento que recoge las emergencias que pueden darse en una empresa (incendio, fuga de gas, aviso de bomba, terremoto, etc.) y determina quiénes y cómo deben actuar.


Según el art. 20 LPRL, «el empresario, teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento. El citado personal deberá poseer la formación necesaria, ser suficiente en número y disponer del material adecuado, en función de las circunstancias antes señaladas«.

  1. ELABORACIÓN DEL PLAN DE EMERGENCIAS
  2. ACTIVIDADES

ELABORACIÓN DEL PLAN DE EMERGENCIAS

Observa el contenido esencial que debe figurar en el plan de emergencias:


ACTIVIDADES

1.- Lee el siguiente supuesto práctico sobre una evacuación en un centro docente e identifica las deficiencias existentes y los errores cometidos.

2.- Haz clic AQUÍ y repasa las normas de evacuación del lugar de trabajo en caso de incendio que vimos en el Tema 2.

3.- Determina las funciones de los equipos de emergencia con el siguiente juego.

Haz clic AQUÍ para acceder.

4.- Ante una eventual necesidad de evacuación de nuestro Centro, te pido que leas con atención las normas que hay en la puerta del aula:


Alumnos, profesores y personal no docente del IES Libertas de Torrevieja participan en el simulacro de evacuación por incendios, como parte del Plan de Actuación ante Emergencias.

ORGANISMOS PÚBLICOS COMPETENTES EN MATERIA DE PRL

Existen numerosos organismos e instituciones relacionados con la prevención de riesgos en el entorno de trabajo.

  1. ORGANISMOS PÚBLICOS
  2. ACTIVIDAD
  3. SABER MÁS…

ORGANISMOS PÚBLICOS

  • Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST): es el el órgano científico-técnico especializado en prevención de riesgos laborales (PRL) de la Administración General del Estado. Realiza tareas de investigación, asesoramiento y control dirigidas a la disminución de riesgos laborales, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  • Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT): órgano científico-técnico en materia de PRL de la Administración de la Generalitat Valenciana y de sus organismos autónomos.
  • Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo: se ocupa de que los lugares de trabajo europeos sean más seguros, saludables y productivos. Fomenta una cultura de la prevención de riesgos para mejorar las condiciones de trabajo en Europa
  • Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CNSST): órgano colegiado asesor de las Administraciones públicas en la formulación de las políticas de prevención y órgano de participación institucional en materia de seguridad y salud en el trabajo. Está integrada por un representante de cada una de las Comunidades Autónomas y por igual número de miembros de la Administración General del Estado y, paritariamente con todos los anteriores, por representantes de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas.
  • Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales: promueve las actividades destinadas a la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, sobre todo entre las pequeñas y medianas empresas (PYMES).
  • Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS): organismo encargado de vigilar el cumplimiento de las normas de PRL; puede solicitar la paralización inmediata de los trabajos o tareas, así como sancionar a las empresas infractoras.

ACTIVIDAD

Repasa las funciones de los organismos públicos competentes en materia de PRL con esta actividad. Haz clic AQUÍ para acceder.


Visualiza este vídeo para conocer más sobre las funciones y logros del INSST.

PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LA PREVENCIÓN

Los trabajadores tienen derecho a participar en las cuestiones relacionadas con la prevención de riesgos laborales en su empresa, a través de los delegados de prevención y del Comité de Seguridad y Salud.


Dichas figuras se regulan en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, que puedes consultar haciendo clic AQUÍ. El siguiente cuadro sintetiza las cuestiones más importantes que debes conocer:


ACTIVIDAD

Ya conoces a Bernardo y su peculiar empresa. Imagina que se trata de un centro con 375 trabajadores:

– ¿Cuántos delegados de prevención debe tener?

– ¿Debe constituirse un Comité de Seguridad y Salud? En caso afirmativo, ¿cuántas personas deben integrarlo?

¿Y si la empresa tuviera dos centros de trabajo, uno con 68 trabajadores y otro con 307?

* A efectos de designar a los Delegados de Personal y de constituir el Comité de Seguridad y Salud, cada centro de trabajo es independiente.