Los trabajadores tienen derecho a participar en las cuestiones relacionadas con la prevención de riesgos laborales en su empresa, a través de los delegados de prevención y del Comité de Seguridad y Salud.
Dichas figuras se regulan en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, que puedes consultar haciendo clic AQUÍ. El siguiente cuadro sintetiza las cuestiones más importantes que debes conocer:
ACTIVIDAD:
Ya conoces a Bernardo y su peculiar empresa. Imagina que se trata de un centro con 375 trabajadores:
– ¿Cuántos delegados de prevención debe tener?
– ¿Debe constituirse un Comité de Seguridad y Salud? En caso afirmativo, ¿cuántas personas deben integrarlo?
–¿Y si la empresa tuviera dos centros de trabajo, uno con 68 trabajadores y otro con 307?
* A efectos de designar a los DP y de constituir el CSS, cada centro de trabajo es independiente.