Como recordarás, la Constitución Española obliga a los poderes públicos a mantener un régimen público de Seguridad Social que asista y proteja a los ciudadanos ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. Dicha protección puede ser en forma de prestación (nivel contributivo) o subsidio (nivel no contributivo).
I) PRESTACIÓN POR DESEMPLEO
Este cuadro sintetiza las principales características de la prestación contributiva de desempleo:

Según has leído, la cuantía de la prestación por desempleo no puede sobrepasar unos topes máximo y mínimo (IPREM 14 pagas), fijados en atención a las cargas familiares del beneficiario. Haz clic AQUÍ para ver los límites vigentes, que se actualizan anualmente.
ACTIVIDADES:
1.- Repasa el TEMA 8 y confecciona una lista de las situaciones legales de desempleo que dan lugar a la prestación por desempleo.
2.- Determina quiénes de las siguientes personas podrían solicitar y percibir la prestación por desempleo. Razona brevemente tu respuesta:
a) Un trabajador despedido de forma procedente, que ha cotizado 10 meses en los últimos 6 años
b) Una trabajadora que deja su trabajo de forma voluntaria, después de 15 meses consecutivos en la misma empresa
c) La profesora de FOL, que es interina, una vez concluya el curso.
d) Un trabajador con contrato indefinido al que la empresa le ha hecho una reducción de jornada del 30 % por causas económicas
e) Tú mismo/a
3.- Damián Latanauskas, que llevaba 8 años ininterrumpidos trabajando en la misma empresa, fue despedido por causas objetivas la semana pasada.
a) Determina si tiene derecho a cobrar la prestación por desempleo y durante cuánto tiempo.
b) Calcula la cuantía de la prestación, sabiendo que su BCcc de los últimos 6 meses ha sido de 2.045,00 € al mes, con retribución mensual. Damián es padre de dos hijos pequeños.
Verifica tu resultado con ayuda del programa de autocálculo de prestaciones por desempleo del SEPE, haciendo clic AQUÍ.
II) SUBSIDIO DE DESEMPLEO
Se trata de una protección por desempleo de carácter asistencial, de la que son beneficiarias las personas en situación legal de desempleo que figuren inscritas como demandantes de empleo y que, bien no hayan cotizado el tiempo suficiente, bien hayan agotado la prestación por desempleo.
Existen diferentes subsidios, entre ellos:
- Subsidio de desempleo por responsabilidades familiares
- Subsidio para mayores de 45 años sin cargas familiares
- Subsidio para mayores de 52 años
- Subsidio para quienes hayan trabajado menos de un año
Haz clic AQUÍ, para saber más sobre los requisitos, duración y cuantía de cada subsidio.
III) RENTA ACTIVA DE INSERCIÓN (RAI)
Si la persona sigue en paro y no tiene derecho a la prestación contributiva ni al subsidio de desempleo, puede solicitar la RAI, que tiene una duración máxima de 11 meses y una cuantía del 80 % del IPREM (consultar cuantía AQUÍ).
SABER MÁS…
Con frecuencia cuando una persona se queda en paro, se plantea la posibilidad de abrir su propio negocio. En el programa AQHT te explican las tres opciones que hay a la hora de cobrar el paro, si tienes pensado emprender:
- Suspender la prestación.
- Combinar durante unos meses la prestación por desempleo con la nueva actividad emprendedora.
- Recibir toda la prestación en un único pago.

Opciones cuando cobras el paro y vas a emprender
Haz clic AQUÍ para ver el vídeo.