Publicado el Real Decreto-Ley 10/2020, de 29 de marzo, que regula el «permiso retribuido recuperable»

Las personas trabajadoras por cuenta ajena en sectores no esenciales disfrutarán de un permiso retribuido recuperable, de carácter obligatorio, entre el 30 de marzo y el 9 de abril de 2020.

La recuperación de las horas de trabajo se podrá hacer efectiva desde el día siguiente a la finalización del estado de alarma hasta el 31 de diciembre de 2020.

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