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PASALABRA NI FU NI FOL: PARTICIPACIÓN EN LA EMPRESA
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PASALABRA NI FU NI FOL: PARTICIPACIÓN EN LA EMPRESA
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El conflicto colectivo puede solucionarse con o sin la intervención de terceros. Además de la vía judicial, existen otras formas pacíficas de resolución, en concreto, la conciliación, la mediación y el arbitraje.
Este cuadro esquematiza las principales formas de solución de los conflictos colectivos:
¿QUÉ ES EL SIMA?
El Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA) es una institución tripartita, constituida por las organizaciones sindicales y empresariales más representativas firmantes del VI Acuerdo sobre solución autónoma de conflictos laborales (ASAC) y la Administración General del Estado.
Realiza labores de mediación y arbitraje en conflictos colectivos de interpretación y aplicación, así como los que motiven la impugnación de convenios colectivos de forma previa para acceder a la vía judicial, siempre y cuando se den en sectores o subsectores de actividad que excedan del ámbito de una Comunidad Autónoma o en empresas o grupos de empresas, cuando el conflicto afecte a centros de trabajo o empresas domiciliadas en diferentes Comunidades Autónomas.
¿QUÉ ES EL TAL?
El Tribunal de Arbitraje Laboral (TAL) es la institución que se encarga de la solución extrajudicial de los conflictos colectivos en sectores y empresas que no excedan del ámbito de la Comunitat Valenciana.
ACTIVIDAD.- Haz clic AQUÍ para acceder a FOL News y lee la noticia con el titular «Los pilotos de Air Europa convocan 5 días de huelga» (El Mundo, 19/04/23). Responde a las siguientes cuestiones:
1. ¿Qué sindicato ha convocado la huelga?
2. ¿Qué medidas reclaman los pilotos?
3. ¿Qué organismo había realizado labores de mediación para evitar la huelga?
Además de ser una medida de conflicto colectivo, la huelga es también un derecho fundamental regulado por el art. 28.2 de la Constitución Española y el Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo, cuyo texto puedes consultar AQUÍ.
Mira este vídeo del programa Aquí Hay Trabajo, para conocer algunas cuestiones esenciales del derecho de huelga. A continuación, completa tus conclusiones con la información de los cuadros que encontrarás más abajo:
10 dudas frecuentes ante una huelga general
Haz clic AQUÍ para acceder al vídeo.
ACTIVIDADES
1. Los 56 trabajadores y trabajadoras de un almacén de frutas y verduras se han reunido en asamblea, para votar si convocan una huelga por las malas condiciones de seguridad y salud del centro de trabajo. Responde a las cuestiones siguientes:
a) ¿Quiénes pueden convocar la huelga?
b) Si se aprueba la huelga, ¿a quién debe comunicarse? ¿con qué plazo de antelación?
c) Johnny Soriano Macas trabaja en el almacén. Si al final secunda la huelga, ¿qué consecuencias le esperan?
d) ¿Puede ser despedido por hacer huelga?¿Qué puede hacer si es despedido?
2. Señala la clase de huelga que corresponde a las siguientes situaciones:
Haz clic AQUÍ para acceder a la actividad.
SABER MÁS…
Haz clic AQUÍ y lee esta entrada de Cuestiones Laborales, para entender cómo se calcula el salario que se descuenta al participar en una huelga.
El cierre patronal constituye una medida de conflicto colectivo, consistente en el cierre del centro de trabajo por parte del empresario, con el fin de preservar o proteger a las personas, bienes e instalaciones empresariales. Se regula principalmente en el Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo, que puedes consultar AQUÍ.
En la relación laboral surgen con frecuencia conflictos entre los trabajadores y la empresa. Si el conflicto es entre un trabajador y la empresa, se trata de un conflicto individual (que, por regla general, se soluciona con la interposición de una demanda ante el Juzgado de lo Social). En cambio, si la controversia afecta a un colectivo de trabajadores considerado en abstracto (y no como una mera suma o adición de trabajadores concretos), se denomina conflicto colectivo.
Los conflictos colectivos puede ser de dos clases:
A) Conflictos jurídicos, de interpretación o de aplicación: versa sobre la interpretación o aplicación de una norma estatal o convencional preexistente.
B) Conflictos de intereses o de regulación: si se cuestiona la vigencia de la propia norma, de modo que la finalidad sea modificarla, derogarla o aprobar una nueva norma.
Cuando surge un conflicto colectivo, trabajadores y empresarios pueden recurrir a medidas de presión, entre otras, manifestaciones, concentraciones, encierros, protestas, etc. En las siguientes entradas nos centraremos en dos: la huelga y el cierre patronal.
En el Tema 4 estudiamos las fuentes de la relación laboral, entre ellas, el convenio colectivo. Se trata del acuerdo escrito, formalmente celebrado entre los representantes de los trabajadores y de los empresarios, que regula las condiciones de trabajo y de productividad de una empresa o sector económico.
Con carácter previo, te pido que hagas clic AQUÍ para repasar las fuentes del Derecho laboral y que veas este vídeo del programa Aquí Hay Trabajo:
Guía para conocer tu convenio colectivo
Haz clic para AQUÍ para ver el vídeo.
A) Convenio de empresa: del lado empresarial, el empresario o sus representantes, y del lado de los trabajadores, el comité de empresa o los delegados de personal (representación unitaria), o, si la hubiere, la representación sindical en la empresa (delegados sindicales).
B) Convenio sectorial: del lado empresarial, están legitimadas las asociaciones empresariales que cuenten con el 10 por ciento de los empresarios y que den ocupación a igual porcentaje de trabajadores afectados por el convenio. Del lado de los trabajadores, pueden negociar los convenios los sindicatos más representativos a nivel estatal, los más representativos a nivel autonómico y los cuasi más representativos.
El ámbito de aplicación del convenio determina a qué trabajadores y empresas se aplica.
a) Ámbito geográfico: los convenios pueden ser de empresa o aplicarse a nivel local, provincial, autonómico o estatal.
b) Ámbito funcional: es la actividad o sector económico donde se aplica.
c) Ámbito personal: aunque lo habitual es que un convenio se aplique a todos los trabajadores y empresarios de un sector, a veces puede firmarse un convenio solo para determinadas categorías profesionales.
d) Ámbito temporal: tiempo de vigencia del convenio.
1. Localiza AQUÍ un convenio colectivo propio de tu sector y averigua las partes negociadoras y su ámbito de aplicación geográfico, funcional, personal y temporal.
[Grado Medio de Cocina y Gastronomía: buscar el Convenio Colectivo provincial de Industrias de Hostelería de la provincia de Alicante].
[Grado Medio de Sistemas Microinformáticos y Redes: buscar el Convenio colectivo de ámbito estatal de empresas de consultoría y estudios de mercado y de la opinión pública].
La inspectora de Trabajo Ana Ercoreca explica en AQHT qué ocurre cuando un convenio colectivo no se renueva. Haz clic AQUÍ para ver el vídeo.
Según hemos visto, los trabajadores pueden participar en la empresa a través de la representación unitaria, pero también a través de la representación sindical.
Mira en el siguiente cuadro para qué sirven los sindicatos, quiénes pueden formar parte de los mismos y qué clases de sindicatos existen.
¿CÓMO PARTICIPAN LOS SINDICATOS EN LAS EMPRESAS?
Los sindicatos participan en las empresas por medio de las secciones sindicales y los delegados sindicales.
1).- Secciones sindicales: están constituidas por los afiliados al sindicato con presencia en el comité de empresa. Entre sus funciones están: distribuir información, celebrar reuniones o plantear huelgas.
2).- Delegados sindicales: representan al propio sindicato y a sus afiliados dentro de la empresa. Existen solo en los centros de trabajo de al menos 250 trabajadores, siempre que el sindicato esté presente en el comité de empresa. Entre sus funciones está asistir a las reuniones del comité de empresa (con voz, pero sin voto) o ser informados de las sanciones por faltas graves y muy graves impuestas a sus afiliados.
ACTIVIDADES
1) Indica cuáles de estas personas pueden afiliarse a un sindicato: a) profesora de FOL; b) un futbolista del Atlético de Madrid; c) tus abuelos; d) el dueño de la cafetería que hay al lado del instituto; e) un demandante de empleo; f) una Guardia Civil; g) tú mismo/a.
2) Entra en la web de algún sindicato que conozcas y averigua dónde está su sede más próxima y el importe de la cuota de afiliación.
3) Busca en la prensa, en los medios de comunicación o en las redes sociales alguna noticia reciente relacionada con la actividad de los sindicatos. Léela y coméntala en clase.
La libertad sindical es un derecho fundamental, reconocido en el art. 28.2 de la Constitución Española y desarrollado en la Ley 11/1985, de 2 de agosto, de libertad sindical.
La libertad sindical comprende el derecho a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección, así como el derecho de los sindicatos a formar confederaciones y a fundar organizaciones sindicales internacionales o afiliarse a las mismas. Nadie podrá ser obligado a afiliarse a un sindicato.
Haz clic AQUÍ, para consultar la LO 11/1985, de 2 de agosto.
En el tema 4 vimos los derechos colectivos de los trabajadores, entre ellos, el derecho de información, consulta y participación en la empresa (haz clic AQUÍ para repasarlos). Dicha participación en la empresa se realiza principalmente a través de dos mecanismos o formas de representación: la representación unitaria y la representación sindical.
Para entender la diferencia entre información, consulta y participación piensa en la anécdota del microondas y la pareja. «Informar» es cuando Pepe le dice a Pepa que va a comprar un microondas; «consultar» es que pepe le pregunte a Pepa «¿qué te parece si compramos un microondas?». «Participar» es que Pepe y Pepa vayan juntos a comprar el microondas.
El ET regula la figura de los delegados de personal y del comité de empresa en su artículos 62 y siguientes, que puedes consultar haciendo clic AQUÍ.
De momento, mira con atención la siguiente presentación y aprende quiénes son y cómo son elegidos.
Lee y aprende en el cuadro anterior sus principales funciones.
Los miembros del comité de empresa y los delegados de personal, como representantes legales de los trabajadores, tendrán, sin perjuicio de lo que disponga el convenio colectivo, ciertos «privilegios»; se trata de las garantías contenidas en el cuadro superior.
1. Indica el número de delegados de personal o composición del comité de empresa de las siguientes empresas:
2. La empresa se ha propuesto despedir a Marta Diaconu, miembro del comité de empresa, por el firme apoyo que ha prestado a una trabajadora en su denuncia de acoso sexual frente a uno de los directivos.
Razona si el despido es legal y, en su caso, si se precisa algún requisito particular.
Para concluir, enumera las demás garantías que tienen los representantes de los trabajadores.
Mira este vídeo de CCOO Andalucía, para conocer mejor cómo se desarrolla el procedimiento electoral para elegir a los Delegados de personal y al Comité de Empresa.